Monday, June 25, 2007

Testimonio Sr. León Silva M Florida Valle 24 de enero de 1946

Señor Alcalde Municipal.E.S.D.
Conrado Narváez Zuluaga, ciudadano colombiano, mayor y vecino de Cali, distinguid con la cedula de ciudadanía n0. 1292596 de Ipiales, para efectos que me interesan, con toda atención le pido que a mi costa se sirva examinar ajo la gravedad del juramento al >Señor Dn. León Silva, mayor y de aquí vecino, para que declare al tenor del siguiente interrogatorio: 1º-. Lo de ley. 2º- Que exprese en que tiempo enfermó su esposa de setenta y cinco años de edad en esta población; que médicos ocupó para que le trataran su enfermedad y cuanto tiempo duraron los tratamientos que los facultativos le prescribieron. 3º- Que diga que resultado le dio en la salud de su citada esposa el tratamiento que en ella verificaron los médicos. 4º- que exprese por qué acudió ante el suscrito; en que estado de postración estaba su esposa cuando requirió mis servicios y que resultado le dio el tratamiento que yo le prescribí a su esposa cuya salud era ya un caso pérdida. 5º- Que exprese el declarante que concepto tiene de mis conocimientos científicos y de la eficacia de mi intervención en el tratamiento de su esposa. 6º- Que exprese el declarante si tiene a la mano infinidad de fórmulas expedidas por los médicos y si quiere que sean agregadas a la presente declaración, lo mismo que una fotografía de la enferma.
Solicito al Señor Alcalde de sirva certificar al pié de la presente declaración sobre la honorabilidad y buen crédito del declarante.
Renuncio notificación.
Florida V. Enero 24 de 1946. (Firma) Conrado Narváez Zuluaga
Recibido hoy 24 de Enero de 1.946, pasa a la mesa del despacho (Firma y sello. Alcaldía de Florida) Secretaria Bernardo Arboleda R.
Alcaldía Municipal.
Florida (V), enero veinticuatro de mil novecientos cuarenta y seis.
A costa del interesado recíbase la declaración solicitada en el memorial que antecede. Hechos lo cual revuélvase original sin notificación por haberla renunciado
CUMPLASE
El Alcalde, (firma y sello. Alcaldía Municipal Florida valle) Manuel s Gómez R
El Secretario, Bernardo Arboleda R.

DECLARACION DE LEÓN SILVA.Ante el despacho de la alcaldía Municipal de Florida (V), a los veinticuatro días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y seis, compareció el Señor León Silva M, con el fin de rendir declaración de conformidad con el anterior memorial. El señor Alcalde por ante su secretario le recibió juramento previa imposición del Art. 191 del C. penal y de conformidad con el Art. 147 del C. de P. Pena,, así: “ A sabiendas de la responsabilidad que con el juramento asume usted ante Dios y ante los hombres, jura usted decir verdad, toda la verdad y nada más que la verdad en la declaración que va a rendir?” CONTESTO: Lo juro. Acto seguido, el señor Alcalde interrogó al declarante de acuerdo con el cuestionario propuesto y contestó.
Al punto 1º- : Mi nombre y apellido son como han quedado dicho, tengo sesenta y seis años de edad, natural de Pitalito ( Huila), vecino de este municipio en donde estoy cedulado al número 728253, casado con CHIQUINQUIRA DELGADO MONTOYA, de profesión agricultor y sin generales de la Ley con mi preguntante Dr. CONRADO NARVÁEZ ZULUAGA.-
Al punto 2º- Contesto: Mi esposa Chiquinquirá Delgado M, de setenta (70) años de edad, enfermó en mi finca de campo jurisdicción de este Municipio, en los primeros del mes de noviembre del año antepasado (1,944) como primer recurso acudí a las farmacias de los señores José Lenus y Severo Montes, de esta población, perdida la esperanza de salvarle la vida, fue llevada en automóvil a la ciudad de Palmira para hacerle practicas un examen del Doctor Bernardo Zapata Gómez quien la examinó y continuó tratándola y quien declaro que la enfermedad de mi esposa consistía en habérsele cristalizado el hígado debido a un fuerte paludismo, este medico formulo repetidas veces hasta que falleció dicho medico;
La enferma siguió con sus dolencias, hubo necesidad de llevarla a Palmira por segunda vez, la examinó y formuló un Dr., de apellido Hoyos a quien no le recuerdo el nombre, pero las formulas que presentaré a esta declaración lo dirán; este Dr. La trato algún tiempo pero sin resultado favorable; por consejos de algún amigo mío acudí al medico oficial de esta población señor Dr., jorge Echeverri quien la examinó y formuló, pero tratamientos sólo sirvieron para calmarla: con la separación de este facultativo de esta población, acudí ante el reemplazo de éste señor Dr. Hernando Rebolledo con quien no se consiguió mejoría de ninguna clase; en vista de la gravedad de la citada señora, resolví trasladarla en estado agónico al hospital de “San Juan de Dios” de Cali, esto como ultimo recurso, pero ya en la salida con ella hacia Cali. Me encontré con el amigo Adán Martínez quien me aconsejó que no gastara más dinero inútilmente y que se la llevara a mi preguntante Dr. Conrado Narváez Zuluaga quien se encontraba establecido en la población caucana de Miranda; el Dr. Narváez Zuluaga la examinó y conceptuó que mi señora se encontraba en estado agónico; y le sequío aplicando los remedios, pues para esto el Dr. Narváez Zuluaga se venia personalmente desde Miranda a esta población a tratar a mi señora quien se encontraba próximo a morir.
Al puntó 3o- dijo: Los tratamientos de los médicos anteriores al Dr. Narváez Zuluaga en la salud de mi esposa, dieron un resultado completamente nulo como lo dijo en mi respuesta anterior.
Al punto 4º- Dijo: Acudí ante el Dr. CONRADO NARVÁEZ ZULUAGA por recomendación que de él me hizo el señor Adán Martínez, quien me dijo lo siguiente” En medicina, el Dr. Narváez Zuluaga es la primera autoridad, si él no lo salva, no lo salva nadie.” Cuando yo requerí los servicios del citado Dr. Zuluaga, mi esposa era ya un cadáver había perdido ya todos los conocimientos: Sin hablar, sin oír, sin ver, sin comer ni sentir nada y esto lo compruebo con los testigos de todos mis amigos en esta población que llegaban a visitarla a la enferma; los tratamientos que el Dr. Zuluaga le hizo a mi señora le produjeron efectos demasiados favorables, pues hacia más de seis meses que la enferma no se movía de la cama y hoy se encuentra perfectamente bien de salud, gracias a la intervención del médico señor Dr. Zuluaga..
Al punto 5º- Contesto: Me extraña mucho que el Gobierno Nacional o departamental no tenga al Dr. Conrado Narváez Zuluaga ocupado en puesto oficial de acuerdo con su profesión en una ciudad importante para bien de la humanidad y para que dé el resultado verídico de las leyes sociales para bien del conglomerado humano, esto lo digo por el gran concepto que de él tengo de sus conocimientos científicos y de la eficacia de su intervención en el tratamiento de mi esposa.
Al punto 6º- Contestó: Por el momento no tengo a la mano las fórmulas expedidas por los médicos que trataron a mi esposa, pues no tenia conocimiento de qué se trataba en este despacho, pero tengo el mayor gusto de presentarlas en esta oficina juntamente con una fotografía de la enferma, para que sea agregadas a la presente declaración . – agotado el interrogatorio, se le hizo saber al testigo el derecho que le asiste para leer personalmente su exposición, así lo hizo y como la encontrara conforme a su dicho, la aprobó, se ratificó en ella y firma en constancia con el señor Alcalde por ante mí el secretario.
(Firma y sello de la Alcaldía Municipal Florida Valle)
El Alcalde Manuel S. Gómez R.
El Declarante León Silva M.
El Secretario Bernardo Arboleda

CERTIFICACIÓNEl suscrito Alcalde municipal de Florida, en vista de la solicitud hecha por el Sr. CONRADO NARVÁEZ ZULUAGA en el memorial que antecede.
CERTIFICA
Que el Sr. LEÓN SILVA M. quien a declarado anteriormente, es persona de reconocida honorabilidades este Municipio y que por lo tanto su dicho érase toda clase de credibilidad. Para constancia se firma, ene. Despacho de la Alcaldía Municipal de Florida, a los veinticuatro días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y seis. El alcalde, Manuel S, Gómez R. el secretario, Bernardo Arboleda R.
(Acompaña al documento un timbre de la Republica de Colombia por 0,25 centavos)
mailto:info: jairo.narvaez@yahoo.es