Sunday, July 22, 2007

Testimonio Sr. Lisimaco Restrepo Arango Miranda Cauca 28 de enero de 1946


Señor Juez MunicipalPresente. Yo Conrado Narváez, mayor de edad, vecino de este distrito y con cedula de ciudadanía # 1292596, a Ud., muy respetuosamente pido: Que se sirva hacer comparecer a su despacho al señor Lisímaco Restrepo, mayor de edad y del mismo vecindario, para que bajo la gravedad del juramento y con asistencia del señor agente del ministerio publico, declare al tenor siguiente:
PRIMERO: Diga su edad, vecindad, profesión y generales.
SEGUNDO: Diga si es verdad y en que tiempo enfermo su hijo de nombre Hernán Restrepo.
TERCERO: Digan a que medico y especifique sus nombres buscó para que trataran la enfermedad de su citado hijo y que resultado obtuvo de las intervenciones de tales médicos.
CUARTO: Diga si fue verdad y cual fue la causa para haber buscado el suscrito para que le tratara su niño enfermo y que resultados le dio el tratamiento que le indiqué. Además dirá el declarante que concepto se ha formado de mi intervención científica comparada con la actuación de los profesionales que atendieron con anterioridad a nombrado hijo; y
QUINTO: Diga el declarante si su agradecimiento a mi labor prestada, tiene a bien dejar en poder del funcionario, el señor Juez, las formulas que utilizaron los Médicos para su hijo, al igual que una fotografía del paciente para agregárselas a la presente declaración y hacer de ello el uso que convenga a mis intereses.
El señor Juez, con conocimiento de causa, se servirá certificar sobre la notaria honorabilidad del declarante.
Practicado lo anterior, a mi costa, pido se me entreguen originales las diligencias.
Renuncio notificación de auto favorable.
Sr. Juez muy atentamente. Miranda, enero 24 de 1946
Conrado Narváez Zuluaga (firma)
Recibido hoy veinticuatro de enero de 1946, lo paso a despacho.
Juzgado Municipal. Miranda veinticinco de mil novecientos cuarenta y seis. Recíbase la declaración en la forma solicitada a costa del interesado y pase a la mesa para certificación de conformidad. Hecho esto, devuélvase originales al presente y désele por renunciada la notificación. Cúmplase.
El Juez Jorge E Alarcón P. (firma) Secretario (firma)

Al despacho del Juzgado Municipal de Miranda, hoy veintiocho de enero de mil novecientos cuarenta y seis, con el fin de rendir la declaración que se le solicita en el escrito anterior, por cuyo motivo el señor Juez ante el suscrito secretario, lo amonestó previamente imponiéndole de los preceptos del artículos 191 del Código penal de la responsabilidad moral y las sanciones en que incurre el que declare falsamente y le recibió el juramento que prestó así: A sabiendas de la responsabilidad que con el juramento asume usted ante Dios y ante los hombres, jura usted decir verdad, toda la verdad y nada mas que la verdad en la declaración que va a rendir.
CONTESTO: “Lo Juro”. Seguidamente se le impuso del contenido del interrogatorio y para absolverlo dijo.
AL PRIMER PUNTO: Tengo sesenta años de edad, vecino de Miranda, comerciante y sin generales de la ley con quien me interroga.
Al SEGUNDO: hace unos ocho meses más o menos, que empezó la enfermedad de mi hijo Hernán Restrepo, desde Marsella (caldas) y en esta población se mejoró.
Al TERCERO: Para que trataran a mi hijo nombrado en su enfermedad, busqué al Dr. Domingo Irurita y al Dr. Iragorri de Palmira, como también el Dr. Agudelo, de la misma ciudad y de sus tratamientos se estaba viendo alguna mejoría en la salud de mi hijo, pero mi preguntante lo acabó de curar.
Al CUARTO: Es verdad y por el motivo de que tenía buenas recomendaciones y no encontrarse más en este lugar, busqué a quien me interroga para que tratara mi hijo Hernán en su enfermedad, cuya indicación que me dio para el suministro de los remedios fue buena.
Al QUINTO: Sí están a la orden las formulas de que trata mi preguntarte Narváez Zuluaga, que me dieron los Doctores. Nombrados arriba y las entregaré a la persona que se me indiquen para que les dé el uso que a bien tenga, pero la fotografía que me exige del paciente, no me es fácil porque no se la he hecho tomar. Esta es mi declaración y lo dicho es la verdad. Leída que fue su exposición en alta voz por el secretario, lo halló conforme, en ella se afirmó, la aprobó y ratificó y como dice no tener nada qué agregar ni enmendar, para constancia la firma después del señor Juez, con el señor personero municipal y el suscrito secretario, haciendo constar que se observó la disposición del Art. 235 del Código de procedimiento penal.
El Juez, Jorge E Alarcon P (firma)
El declarante, Lisimaco Restrepo (firma)
El personero, José Maria Tominá
El Secretario, Horacio Charria D (firma)

Testifica El suscrito Juez Municipal de Miranda (cauca) en atención a lo solicitado en el escrito anterior permite CERTIFICA Que el señor Lisimaco Restrepo Arango, quien acaba de declarar y por el conocimiento personal que de él tiene, es persona que goza de honorabilidad en todo sentido en este lugar siendo así que sus dichos merecen crédito. Así se expide en el Juzgado Municipal de Miranda (Cauca) a los veintiocho días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y seis (1946). El Juez, Jorge E Alarcon P (firma) El Secretario, Horacio Charria D (firma) acompaña al documento timbre nacional por 0.25 centavos

Monday, June 25, 2007

Testimonio Sr. León Silva M Florida Valle 24 de enero de 1946

Señor Alcalde Municipal.E.S.D.
Conrado Narváez Zuluaga, ciudadano colombiano, mayor y vecino de Cali, distinguid con la cedula de ciudadanía n0. 1292596 de Ipiales, para efectos que me interesan, con toda atención le pido que a mi costa se sirva examinar ajo la gravedad del juramento al >Señor Dn. León Silva, mayor y de aquí vecino, para que declare al tenor del siguiente interrogatorio: 1º-. Lo de ley. 2º- Que exprese en que tiempo enfermó su esposa de setenta y cinco años de edad en esta población; que médicos ocupó para que le trataran su enfermedad y cuanto tiempo duraron los tratamientos que los facultativos le prescribieron. 3º- Que diga que resultado le dio en la salud de su citada esposa el tratamiento que en ella verificaron los médicos. 4º- que exprese por qué acudió ante el suscrito; en que estado de postración estaba su esposa cuando requirió mis servicios y que resultado le dio el tratamiento que yo le prescribí a su esposa cuya salud era ya un caso pérdida. 5º- Que exprese el declarante que concepto tiene de mis conocimientos científicos y de la eficacia de mi intervención en el tratamiento de su esposa. 6º- Que exprese el declarante si tiene a la mano infinidad de fórmulas expedidas por los médicos y si quiere que sean agregadas a la presente declaración, lo mismo que una fotografía de la enferma.
Solicito al Señor Alcalde de sirva certificar al pié de la presente declaración sobre la honorabilidad y buen crédito del declarante.
Renuncio notificación.
Florida V. Enero 24 de 1946. (Firma) Conrado Narváez Zuluaga
Recibido hoy 24 de Enero de 1.946, pasa a la mesa del despacho (Firma y sello. Alcaldía de Florida) Secretaria Bernardo Arboleda R.
Alcaldía Municipal.
Florida (V), enero veinticuatro de mil novecientos cuarenta y seis.
A costa del interesado recíbase la declaración solicitada en el memorial que antecede. Hechos lo cual revuélvase original sin notificación por haberla renunciado
CUMPLASE
El Alcalde, (firma y sello. Alcaldía Municipal Florida valle) Manuel s Gómez R
El Secretario, Bernardo Arboleda R.

DECLARACION DE LEÓN SILVA.Ante el despacho de la alcaldía Municipal de Florida (V), a los veinticuatro días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y seis, compareció el Señor León Silva M, con el fin de rendir declaración de conformidad con el anterior memorial. El señor Alcalde por ante su secretario le recibió juramento previa imposición del Art. 191 del C. penal y de conformidad con el Art. 147 del C. de P. Pena,, así: “ A sabiendas de la responsabilidad que con el juramento asume usted ante Dios y ante los hombres, jura usted decir verdad, toda la verdad y nada más que la verdad en la declaración que va a rendir?” CONTESTO: Lo juro. Acto seguido, el señor Alcalde interrogó al declarante de acuerdo con el cuestionario propuesto y contestó.
Al punto 1º- : Mi nombre y apellido son como han quedado dicho, tengo sesenta y seis años de edad, natural de Pitalito ( Huila), vecino de este municipio en donde estoy cedulado al número 728253, casado con CHIQUINQUIRA DELGADO MONTOYA, de profesión agricultor y sin generales de la Ley con mi preguntante Dr. CONRADO NARVÁEZ ZULUAGA.-
Al punto 2º- Contesto: Mi esposa Chiquinquirá Delgado M, de setenta (70) años de edad, enfermó en mi finca de campo jurisdicción de este Municipio, en los primeros del mes de noviembre del año antepasado (1,944) como primer recurso acudí a las farmacias de los señores José Lenus y Severo Montes, de esta población, perdida la esperanza de salvarle la vida, fue llevada en automóvil a la ciudad de Palmira para hacerle practicas un examen del Doctor Bernardo Zapata Gómez quien la examinó y continuó tratándola y quien declaro que la enfermedad de mi esposa consistía en habérsele cristalizado el hígado debido a un fuerte paludismo, este medico formulo repetidas veces hasta que falleció dicho medico;
La enferma siguió con sus dolencias, hubo necesidad de llevarla a Palmira por segunda vez, la examinó y formuló un Dr., de apellido Hoyos a quien no le recuerdo el nombre, pero las formulas que presentaré a esta declaración lo dirán; este Dr. La trato algún tiempo pero sin resultado favorable; por consejos de algún amigo mío acudí al medico oficial de esta población señor Dr., jorge Echeverri quien la examinó y formuló, pero tratamientos sólo sirvieron para calmarla: con la separación de este facultativo de esta población, acudí ante el reemplazo de éste señor Dr. Hernando Rebolledo con quien no se consiguió mejoría de ninguna clase; en vista de la gravedad de la citada señora, resolví trasladarla en estado agónico al hospital de “San Juan de Dios” de Cali, esto como ultimo recurso, pero ya en la salida con ella hacia Cali. Me encontré con el amigo Adán Martínez quien me aconsejó que no gastara más dinero inútilmente y que se la llevara a mi preguntante Dr. Conrado Narváez Zuluaga quien se encontraba establecido en la población caucana de Miranda; el Dr. Narváez Zuluaga la examinó y conceptuó que mi señora se encontraba en estado agónico; y le sequío aplicando los remedios, pues para esto el Dr. Narváez Zuluaga se venia personalmente desde Miranda a esta población a tratar a mi señora quien se encontraba próximo a morir.
Al puntó 3o- dijo: Los tratamientos de los médicos anteriores al Dr. Narváez Zuluaga en la salud de mi esposa, dieron un resultado completamente nulo como lo dijo en mi respuesta anterior.
Al punto 4º- Dijo: Acudí ante el Dr. CONRADO NARVÁEZ ZULUAGA por recomendación que de él me hizo el señor Adán Martínez, quien me dijo lo siguiente” En medicina, el Dr. Narváez Zuluaga es la primera autoridad, si él no lo salva, no lo salva nadie.” Cuando yo requerí los servicios del citado Dr. Zuluaga, mi esposa era ya un cadáver había perdido ya todos los conocimientos: Sin hablar, sin oír, sin ver, sin comer ni sentir nada y esto lo compruebo con los testigos de todos mis amigos en esta población que llegaban a visitarla a la enferma; los tratamientos que el Dr. Zuluaga le hizo a mi señora le produjeron efectos demasiados favorables, pues hacia más de seis meses que la enferma no se movía de la cama y hoy se encuentra perfectamente bien de salud, gracias a la intervención del médico señor Dr. Zuluaga..
Al punto 5º- Contesto: Me extraña mucho que el Gobierno Nacional o departamental no tenga al Dr. Conrado Narváez Zuluaga ocupado en puesto oficial de acuerdo con su profesión en una ciudad importante para bien de la humanidad y para que dé el resultado verídico de las leyes sociales para bien del conglomerado humano, esto lo digo por el gran concepto que de él tengo de sus conocimientos científicos y de la eficacia de su intervención en el tratamiento de mi esposa.
Al punto 6º- Contestó: Por el momento no tengo a la mano las fórmulas expedidas por los médicos que trataron a mi esposa, pues no tenia conocimiento de qué se trataba en este despacho, pero tengo el mayor gusto de presentarlas en esta oficina juntamente con una fotografía de la enferma, para que sea agregadas a la presente declaración . – agotado el interrogatorio, se le hizo saber al testigo el derecho que le asiste para leer personalmente su exposición, así lo hizo y como la encontrara conforme a su dicho, la aprobó, se ratificó en ella y firma en constancia con el señor Alcalde por ante mí el secretario.
(Firma y sello de la Alcaldía Municipal Florida Valle)
El Alcalde Manuel S. Gómez R.
El Declarante León Silva M.
El Secretario Bernardo Arboleda

CERTIFICACIÓNEl suscrito Alcalde municipal de Florida, en vista de la solicitud hecha por el Sr. CONRADO NARVÁEZ ZULUAGA en el memorial que antecede.
CERTIFICA
Que el Sr. LEÓN SILVA M. quien a declarado anteriormente, es persona de reconocida honorabilidades este Municipio y que por lo tanto su dicho érase toda clase de credibilidad. Para constancia se firma, ene. Despacho de la Alcaldía Municipal de Florida, a los veinticuatro días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y seis. El alcalde, Manuel S, Gómez R. el secretario, Bernardo Arboleda R.
(Acompaña al documento un timbre de la Republica de Colombia por 0,25 centavos)
mailto:info: jairo.narvaez@yahoo.es

Monday, May 14, 2007

Testimonio Sr. Manuel Moriones Cali 9 de Diciembre de 1943

Señor Juez MunicipalE.S.D.
Yo, Conrado Narváez Zuluaga, mayor de edad, vecino de este municipio, medico en ejercicio profesional, cedulado bajo el numero 1.292.596, de Ipiales (Nariño) a Usted. Con mi acostumbrado respeto solicito se sirva hacer comparecer ante su despacho al Señor. MANUEL MORIONES, también mayor y de la misma vecindad, para que juramentado en legal forma rinda, a mi costa, declaración al tenor del interrogatorio siguiente:
Primero:- Diga su edad, vecindad y generales de ley con el preguntante;
Segundo:- Diga el declarante si es cierto que durante mucho tiempo estuvo padeciendo de una seria enfermedad, por cuya causa se vio obligado a solicitar los servicios de varios facultativos;
Tercero:- Diga el declarante los nombres de dichos médicos, a cuyos diferentes tratamientos se sometió;
Cuarto:- Diga asimismo el declarante si obtuvo algún resultado favorable como consecuencia de la aplicación tenaz y constante de tales tratamientos;
Quinto:- De igual modo diga el declarante si posee en su poder las formulas de los médicos que lo atendieron como respaldo a sus afirmaciones;
Sexto:- Diga el compareciente por que circunstancias o razones acudió al consultorio del peticionario en demanda de curación; Si es cierto que inmediatamente lo sometí a mi tratamiento y prescripción;
Séptimo:- Diga el mismo modo cuanto tiempo duro sometido a mi tratamiento y qué resultado le produjo y sigue produciendo su salud hasta el momento presente.
Ruego, además, al señor Juez, se sirva insertar a estas declaraciones el retrato del declarante, que me permitido acompañar con el objeto de identificarlo y cubrirlo, en parte, con el sello de esa oficina y cubrirlo, en parte, con el sello de esa oficina, certificando del mismo modo, sobre la honorabilidad de exponente. Y recibidas que sean estas declaraciones, ruego a Ud. Disponer que me sean devueltos originales.
Cali, diciembre 9 de 1943.
Señor Juez Municipal,
Conrado Narváez Zuluaga.

El presente memorial fue presentado personalmente por su signatario señor Conrado Narváez Zuluaga, quien exhibió su cédula de ciudadanía No- 1292596 de Ipiales (Nariño), en horas hábiles de despacho ante el suscrito secretario y le paso a la mesa del señor Juez.- Cali, diciembre 9 de 1943.

JUSGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL.Cali, diciembre nueve de mil novecientos cuarenta y tres. Decrétese la prueba testimonial solicitada en el memorial anterior por el señor Conrado Narváez Zuluaga, mayor de edad y vecino de Cali. En consecuencias, cítese al despacho al testigo señor Manuel M. Moriones M. Para que declare de conformidad y bajo la gravedad del moramente. Téngase en cuenta al recibir la presente declaración, lo que preceptúan los artículos 683, 684, 686, 687, 689, 691, y 692 del código judicial. Una vez recibida a costa del interesado, devuélvanse originales para los fines legales consiguientes. Desee por renunciada la notificación de este auto, certifíquese sobre la honorabilidad del declarante Cúmplase. El Juez, (firma) Julio C. Montano Vivas.
El secretario, (firma) Luis Carlos Caldas G.

DECLARACIÓN DEL SEÑOR MANUEL M. MORIONES M.En Cali, a las nueve días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres, se presentó al despacho al despacho del Juzgado Cuarto Civil Municipal el señor Manuel M. Moriones M. Portador de la cédula de ciudadanía numero 719120 de Cali, con el fin de rendir declaración de conformidad con lo solicitado en el memorial anterior de la fecha, firmado por el señor Conrado Narváez Zuluaga. El Juez, le recibió el juramento de ley, bajo cuya gravedad prometió decir la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad en la declaración que va a rendir. Acta seguida el señor juez, de conformidad con el memorial interrogó al testigo y al punto PRIMERO, dijo: me llamo como queda dicho, soy mayor de edad, natural de Cartago (valle), vecino de Cali, casado, negociante y no tengo generales de ley con el señor Conrado Narváez Zuluaga. Al punto SEGUNDO, dijo: Es verdad, durante mucho tiempo estuve padeciendo de una seria enfermedad, por cuya causa me vi obligado a solicitar los servicios de varios facultativos. Al punto TERCERO, DIJO: Me sometió al tratamiento de los siguientes médicos: Doctor Juan Vargas Gutiérrez, doctor Ramiro Guerrero, doctor Arturo Byrne González, doctor Gonzalo Mejia C. Y el doctor Carlos P. Vásquez. Al Punto CUARTO, dijo: No obtuve ningún resultado favorable con el tratamiento de los médicos que he citado en el punto inmediatamente anterior. Al punto QUINTO, dijo: Si señor, tengo en mi poder las formulas que expidieron las médicos ya nombrados las cuales presento en este momento del presente interrogatorio para que sean agregados a los autos, si es el caso. Al punto SEXTO, dijo: Yo comparecí ante el señor Conrado Narváez Zuluaga para que me sometiera a tratamiento, por varias recomendaciones que me hicieron pacientes que habían sido tratados por el citado profesional. Al punto SÉPTIMO, dijo: Estuve sometido al tratamiento del señor Conrado Narváez Zuluaga por el término de dos meses, aproximadamente y desde el primer momento empecé a sentir el beneficio de sus prescripciones facultativas, a punto tal que a la hora presente, me encuentro completamente curado y restituido en mi salud. Se deja constancia que al recibir la presente declaración, se tuvo en cuenta la preceptuada en los artículos 683, 684, 686, 687, 688, 689, 691, y 692 del código judicial. Se deja constancia que el declarante, es persona de reconocida honorabilidad en el vecindario y es persona conocida y hábil para declarar. No habiendo otro asunto que tratar, se da por terminada la presente diligencia y se agrega el Retrato del declarante de conformidad con la solicitado al pié de la presente diligencia, la que se firma para constancia, después del señor Juez por ante el suscrito secretario del despacho.

El juez, Julio C. Montano Vivas, firma acompaña sello.
El declarante, Manuel M. Moriones M, firma.
El secretario Luis Carlos caldas G firma acompaña sello.
Acompaña fotografía del declarante, sello y timbre nacional de 0.25 centavos.
Info: jairo.narvaez@yahoo.es 

Thursday, April 05, 2007

Parroquia de Nuestra Señora del Carmen


Diócesis de Manizales Salento
El infrascrito, haciendo honor a la verdad y con muchísimo gusto certifica.
Que habiendo sufrido por mucho tiempo de gota erisipela, y habiendo probado muchos medicamentos sin resultado alguno, acudí a los servicios médicos de Señor Conrado Narváez y obtuve con su tratamiento completa mejoría.
Para constancia firmo el presente certificado y obsequio mi fotografía al Sr. Conrado Narváez Zuluaga como testimonio de gratitud autorizándolo para que haga de este documento lo que estime conveniente.
Salento, agosto 25 de 1943
Firma: Max Torres A. Pbro.
Cura párroco
Diócesis de Manizales, Salento Secretaria Parroquial
Erisipela. (Del lat. erysipĕlas, f. Med. Inflamación microbiana de la dermis, caracterizada por el color rojo y comúnmente acompañada de fiebr
Nota: hoy en dia Salento pertenece a la diocesis de Armenia (Quindio)
info: jairo.narvaez@yahoo.es

Monday, April 02, 2007

Valioso Testimonio de Sacerdote Agradecido

El suscrito Moisés Castro T. Pbro, actualmente capellán del Orfanato de Armenia C, en honor a la verdad,

CERTIFICO

Que Conrado Narváez Zuluaga, con ojo rápido y certero, resuelve el crucigrama que nuestras enfermedades endémicas presentan en sus formas complejas. Su espíritu de observación y su experiencia son llave segura de sus éxitos y fuente de su autoridad
Firma.
Moisés Castro T. Pbro.
Hay un sello.

JUSGADO PENAL DEL CIRCUITO

Armenia, mayo de mil novecientos cuarenta y tres.
En esta fecha y en hora de audiencia presentó el Pbro. Moisés Castro T. El anterior escrito o certificado, ante los suscritos Juez y secretario, para su autenticación. Exhibió cédula No- 1703054 de Neira, El retrato que aparece al pié de dicho certificado fechado en el mes de mayo de este año, corresponde al firmante.

El Juez. Rigoberto Soto G.
El Secretario. Francisco García Ospina.

Sunday, March 25, 2007

Que el Peor Enfermo es el Pueblo Colombiano, Dice el P. Narváez

Que el Peor Enfermo es el Pueblo Colombiano, Dice el P. Narváez
El alarmante problema de la desnutrición. Una colección de culebras. Médico y trotamundos. Un sistema para curar enfermedades. Naturista y misionero. Reportaje de José Gers.

Por tierras del Quindío es famoso el profesor Narváez, naturista de incontable admiradores. Ayer nos lo encontramos en un café. Es un hombre de charla torrentosa, brillante y muy agradable. No le tiene miedo a la vida. Asistió a la fundación del puerto Merizalde y fue médico de cabecera del Monseñor Merizalde. Una vez fue con unos misioneros recoletos por la costa del pacífico, desde Barbacoas hasta Buenaventura. Recuerda especialmente al recoleto Sebastián López de Murga, quien posee la mejor colección de ofidios que hay actualmente en el continente, y la cual será exhibida en Cali dentro de pocos días. El Profesor Narváez es fresco y alegre y anhela encontrar todos los días oportunidades para la aventura científica, pues es investigador apasionado. Empieza a contarnos las curaciones que ha hecho y para certificar sus palabras, exhibe abundante documentación de personas conocidas.
Pero usted es graduado le preguntamos. No .
Entonces. ¿Cómo ejerce la medicina?
Por vocación. En este particular obro con el instinto de las abuelas que recetaban a las personas que querían. Con la seguridad de acertad y curar en la mayoría de las veces.
¿No lo han metido a la cárcel por eso?
Soy naturista efectivo e inofensivo. El dinero para mí es siempre secundario. Si por hacer una obra de caridad a alguien, fuera uno a la cárcel, todos estaríamos en ella porque, “ de médico, loco y poeta, cada cual tiene un poco” aun que yo tengo más de lo primero.
¿Cuáles son sus famosos sistemas?Mi profesión es seria y se basa en el aprovechamiento de lo que dispone la naturaleza para equilibrar el funcionamiento del organismo humano. La positiva ciencia de curar está en conocer las necesidades fisiológicas y en suministrar al organismo lo necesariamente indispensable para reforzar las defensas orgánicas y colaborar con la naturaleza misma a su desenvolvimiento y equilibrio.
¿Ha hecho mucho experimentos?
Desde niño. Ya tengo derecho no a unos sino a varios grados. No es chiste. Me gustaría hacerme a migo del honorable colegio médico de Cali para explicarle las experiencias obtenidas con la medicina naturista, que se busque la verdad científica que la humanidad se redima del dolor. Y si uno tiene una lucecita que le sirva al vecino no debe ser egoísta con ella y debe ponerla sobre el celemín, como nos enseña la parábola evangélica.
¿Cuáles son los problemas de salud del pueblo colombiano?
Lo primero es nutrición amigo mío. Casi todas nuestras endemias y males viene de una dieta inadecuada. Nadie sabe comer de acuerdo con el clima, con su constitución, con el desgaste que sufre en determinada labor. Deme usted una alimentación bien balanceada y aminoraran los sufrimientos del pueblo colombiano. Tampoco crea que hay superabundancia de médicos. Los encuentra usted en las ciudades, pero no los hay en los campos, en los caseríos, en los pueblos de menor cuantía. Lea las estadísticas y se convencerá que un altísimo porcentaje de la población fallece sin asistencia médica. El campesino no se trata sus dolencias, a veces crónicas y fatales, con las modestias agüitas que le recomienda el compadre.
¿Y el remedio?Tal vez mejoraría la situación si el gobierno lograra la creación de un cuerpo médico rural, en la categoría de licenciado, para defender al campesino por lo menos en la primera etapa de los males de su carne. Hay buenas vocaciones, abundan gentes sagaces, que sólo necesitan una oportunidades para prepararse a librar a sus semejantes de los dolores causados por la ignorancia, el abandono, la miseria o la lejanía de los médicos que sólo hay suficientes, como ya se lo dije, en las grandes urbes.
Aquí tengo planes explicados, científicamente firmes, que nadie me podría derrumbar. Después de que ofrezca en Cali una exposición pública de cuadros clínicos para que los discutan los más sabios, iré a Bogotá 22 años en el oficio, me dan derecho a presumir de alguna experiencia.
¿Se siente usted un genio?No, señor; un hombre sincero, curioso, enamorado de estas disciplinas. Ya he descubierto cosas que haré patentar. Mientras más las discutan, más voy a divertirme, por que las tengo asentadas sobre experimentadas bases de resistencia científica.
¿No les tiene miedo a los médicos?Yo respeto las leyes, nos dice y sólo actúo, cuando los propios graduados me invitan porque no dan con el clavo de determinadas enfermedades. Yo veo las cosas claras. Son apasionantes los casos particulares de enfermos, pero créame usted que el peor enfermo es el pueblo colombiano.
¿Será posible hacer algo por él?
Próximamente volvernos a conversar –Amigo Mío- y, mientras tanto, dígales a sus lectores que en una vitrina del parque del Caicedo, verán dentro de muy pocos días, algo que me ha costado sacrificios y trabajo, y que vale la pena verse. Todo se puede ver gratuitamente. El profesor Narváez no nos cobró nada por la consulta y pagó la tanda de tinto.

Articulo publicado a comienzo de febrero de 1946 Cali Valle Colombia.

El Periodista José Gers (Seudónimo) José Gerardo Ramírez Serna
Aranzazu (Caldas, Colombia), 1914 - Cali (Valle del Cauca, Colombia), 1986. Utilizaba el seudónimo de José Gers. Escribió crónicas y reportajes en los periódicos La Patria de Manizales; Relator y El País de Cali; El Espectador y Sábado de Bogotá. Así mismo, en revistas como Temas y Letras Universitarias de Medellín.Obras publicadas: Croniquillas (1946); Cali en coloramor (1960); Cónicas y reportajes (1983). Más información en la Web: Biblioteca Virtual Antioquia Udea Edu Co/
Monseñor Bernardo Merizalde Monseñor Merizalde fue el primer prefecto apostólico de Tumaco. Llegó a Tumaco en julio de 1.928. Como abanderado de la educación, fundó muchas escuelas e hizo construir el Palacio Episcopal, que fue una verdadera obra de arte y se consumió en el incendio de 1.947.Monseñor Merizalde fue prefecto apostólico hasta el año de 1.947. Murió en Pamplona (España) el 23 de abril de 1.972. Más información en la Web: Tumaco 2000 la Perla del Pacifico.
A La Izquierda sentado al lado del profesor Narváez, el padre Agustino Recoleto Sebastian López de Murga, a la derecha el padre Juan Narváez primo hermano del profesor y a continuación el periodista caleño Gregorio Hernández Saavedra. Con esta cena fue celebrada la inaguración del Laboratorio y Consultorio del Profesor Narváez, en la Calle 12 N- 15-56 de Cali Colombia en 1946.
Recoleto Sebastián López de Murga 1912 - Enero 20 Nace en Achúa, Alava – España en 1935 a 1942 Nombrado Párroco en Puerto Merizalde. 1957 a 1958 Fundador y Director de la Filatelia Misional y encargado por "la" Provincia de la Candelaria - Colombia para adelantar la causa de Beatificación y Canonización de Fray Ezequiel Moreno. El 3 de mayo de 1999. Muere en Bogotá y es sepultado en el Convento del Desierto de la Candelaria, Ráquira - Boyacá. Más información en la Web: Fundación San Ezequiel Moreno.
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Articulo publicado a comienzo de febrero de 1946 Cali Valle Colombia

Monday, March 12, 2007

Alcalde Municipal de Corinto (Cauca) Colombia Testimonio Medico de 1945


Señor Alcalde Municipal de Corinto (c.)E. S. D.


CONRADO NARVÁEZ ZULUAGA, mayor de edad, vecino de la población de Miranda, de tránsito por esta población, portador de mí cedula de ciudadanía # 1292596 expedida en Ipiales, antes usted elevo el presente para de la manera mas cometida y respetuosa, solicitarle que a mi costa se sirva hacer comparecer a su despacho al Señor Bernardo Velásquez, mayor de edad y de ese vecindario, y le reciba declaración con las formalidades de ley y para efectos que me convienen, al tenor del siguiente interrogatorio:

PRIMERO: Diga el testigo su edad, vecindad y generales de ley con mi persona:
SEGUNDO: Diga el testigo, si es verdad, que en algún tiempo el mismo testigos que de lara ha padecido alguna enfermedad grave; cuando tiempo hace que ello sucedió, y qué tanto tiempo estuvo padeciendo de esa enfermedad;
TERCERO: dirá que cuando padeció de tal enfermedad estuvo o no en manos de médicos, cuales fueron estos, y que resultados obtuvo con los tratamientos de tales médicos y que le aconsejaron ellos;
CUARTOS: Si es verdad que después de estar desahuciado por todos los médicos que lo trataron en esa enfermedad, el suscrito que lo interroga, fue quien a base de tratamientos y medicamentos acertados fue quien lo alentó de las enfermedades que padecía y que hoy debido a ello se encuentra completamente curado de ella; y
QUINTO: dirá además el testigo lo que tenga a bien relativo la enfermedad que padeció y con relación con los tratamientos que el suscrito le hizo.
Recibidas que sea la anterior declaración pido al Señor Alcalde me sea devuelta original para fines que me convienen.
Renuncio notificación y termino de ejecutoria. Corinto, septiembre 10 de 1945 (firma Conrado Narváez Zuluaga)
La anterior petición fue presentada personalmente por el interesado ante el sercito secretario hoy 27 de septiembre de 1945 y la paso ala mesa del señor alcalde, el secretario (Firma)

ALCALDÍA MUNICIPAL.
Corinto, octubre primero de mil novecientos cuarenta y cinco decrétese la recepción de la prueba solicitada por el memorialista en el anterior escritos, a su costa, por ser procedente. En consecuencia, cítese al señor Bernardo Velásquez y recíbasele declaración de acuerdo con el interrogatorio formulado, hecho que sea, entréguensele originales al interesado.
Dáse por renunciada la notificación de este auto para el patente.
Cúmplase.
Firma. El Alcalde Guillermo Gómez R
El secretario.
Acompaña sello de la alcaldía de corinto (cauca)

BERNANDO VELÁSQUEZ, hoy cuatro de octubre de mil novecientos cuarenta y cinco se presento al despecho de la Alcaldía Municipal de corinto, con el fin de rendir declaración de acuerdo con el memorial que procede. Con ese fin el señor Alcalde por ante el suscrito Secretario lo impuso del articulo 191 del C. Penal, sobre perjuros y testigos falsos lo amonesto a cerca de la importancia moral de este acto y sobre el vínculo religioso que contrae ante Dios y antes los hombres, en caso de faltar a la verdad, conforme lo exige el artículo 148 del C. De procedimiento penal y le tomó el juramento así: “ A sabiendas de la responsabilidad penal que con el juramento asume Usted ante Dios y ante los hombres, jura Usted decir la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad en la declaración que va a rendir”. Contesto”. Lo Juro”. Acto seguido personalmente el Señor Alcalde lo interrogó dé acuerdo con el memorial. Al primer punto dijo”: Mi nombre y apellido es como queda escrito, de veintinueve años, natural de pueblo Rico (Antioquia), vecino de este distrito, soltero negociante y sin parentesco con mi preguntante”. Al segundo dijo:” Es verdad que hace más de un año estuve padeciendo de una enfermedad grave en el estomago y por espacio de más o menos de diez meses”. Al tercero dijo: “Es verdad que estuve en tratamiento para mi enfermedad de los médicos Dr. Bustamante de Palmira, Dr. Navia carvajal de la misma ciudad, Dr. Campo Méndez de Cali y por este último me desahució el Dr. Raúl Uribe J. Manifestándome que no tenia mas solución que hacerme operar. A pesar de haber sido tratado por los médicos anteriores, no obtuve resultado favorable para siquiera aliviar de mis dolencias”. Al cuarto dijo: “Es igualmente cierto que en vista de no haber obtenido mejoría de mi enfermedad, me vi en el caso de ponerme en manos del señor Conrado Narváez Z. Quien a base de medicamentos y tratamientos acertados, me alentó de la enfermedad que había venido padeciendo y de que hoy en día me encuentro completamente curado”. Al quinto dijo.” Que por encontrarme completamente curado de la enfermedad que hube de padecer, da sus expresivos agradecimientos al señor Conrado Narváez Zuluaga y lo faculta para del presente haga el uso que a bien tenga y al mismo tiempo se sirve recomendarlo por sus curaciones asombrosas”. Terminado su interrogatorio leyó personalmente su exposición y como la hallase conforme con su dicho, en ella se afirmó y ratificó y para constancia legal la firma con el señor Alcalde, por ante mí el secretario.- Entre líneas-haga-vale.


El Alcalde. Guillermo Gómez R (firma)
El declarante, Bernardo Velásquez C. (firma)
El Secretario, Julio Cárdenas (firma)
Originales, devuelvo al interesado en dos folios útiles.
Corinto, octubre 4 de 1945 El Srio (foto) Acompaña sello de la alcaldía de corinto (cauca)

Wednesday, March 07, 2007

Biblioteca del Profesor Narváez

Almacén Naturista, atendido por Conrado Narváez Soto




Info: jairo.narvaez@yahoo.es

Tuesday, February 27, 2007

NOTICIA SENSACIONAL para los que sufren Enfermedades en General

No Coma Más Enfermedades y Cúrese Comiendo!
Lo que la Humanidad no debe ignorar

Sabía Ud. que el 99% de las enfermedades que atormentan a la humanidad tienen su origen en el tubo digestivo, a consecuencia de defectuosos regímenes alimenticios.....?
Con base en principios irrefutables NO COMA MAS ENFERMEDADES y las que hoy privan a Ud. del placer de gozar en plenitud de la vida y de sus múltiples halagos,
CÚRELAS COMIENDO.
No intoxique su organismo ingiriendo alimentos nocivos. Nútrase de acuerdo con sus actividades profesionales y en armonía con su esfuerzo corporal y mental.
VIT. A - VIT. B - VIT. B-1 - VIT. B.2 - VIT. C - VIT. D - VIT. E - VIT. P - VIT. PP VIT. K
CALORIAS – MINERALES – VITAMINAS – PROTEINAS

FOSFORO
CALCIO
H IERRO
MAGNESIO
POTASIO
Conoce Ud. las cantidades necesarias que demanda su organismo en proteínas, calorías, minerales,
vitaminas, etc. para su perfecto funcionamiento .... ?Conoce Ud. la manera de aprovechar, en estado natural, las sales de fósforo, calcio, hierro, mag­nesio, potasio, etc. tan necesarias para curar las enfermedades, estabilizar la salud y prolongar la vida, dando al organismo el máximo de rendimiento en su capacidad de trabajo .... . ? Sabe Ud. en qué frutos, legumbres, verduras, cereales, hortalizas, etc. se encuentran estos maravillosos elemento, únicas fuentes de regeneración humana. NO COMA MAS ENFERMEDADES Y CURESE COMIENDO. PROFESOR NARVAEZ.
Publicidad de la época de los años 40 en Cali. Sobre su maravilloso método de curar sin drogas ni operaciones del profesor Narváez en su consultorio: Calle 12, n. 15-56, sector escuelas de artes y oficios en Cali Colombia.
Info: jairo.narvaez@yahoo.es

Sunday, November 26, 2006

Testimonio de 1943 Cali Valle Colombia


Señor Juez Municipal.E.S.D.Conrado Narváez Zuluaga, mayor y vecino de este Municipio, con cédula de ciudadanía No. 129 2596-expedida en Ipiales, Nariño, a Ud. comedidamente solicito se sirva citar a su despacho a la señora JOSEFINA ALVAREZ, de las mismas mayoría y vecindad, para que, Juramentada en legal forma, deponga al tenor del siguiente interrogatorio:-
lo.- Diga su edad, vecindad y generales de ley con el solicitante;
2o.- Exprese la declarante si es cierto que su hijita, de 18 meses
de edad, de nombre, MARTA ALVAREZ, venía padeciendo de una gravísima y rebelde enfermedad que la había situado al borde del sepulcro enfermedad contra la cual habían sido inútiles los tratamientos y prescripciones de varios médicos;
3o.- Diga la declarante cuál es el nombre de los médicos a quienes ella solicitó sus servicios profesionales en favor de su pequeña hija; y diga también si en su poder reposan y puede exhibirlas, las diferentes fórmulas extendidas por dichos facultativos.
4o.- Diga cómo es cierto que después de tanta infructuosa lucha por restaurar la salud de su hijita, a acudió al consultorio médico del peticionario en demanda de sus servicios;
5o.- Diga asimismo si el suscrito médico la atendió desde el primer instante y procedió a tratar a la pequeña niña y que como consecuencia del tratamiento que yo indique, la niña comenzó a mejorar hasta el punto que a la fecha se encuentra ya perfectamente curada.
6o.- Diga asimismo la declarante cuanto tiempo más o menos duró el tratamiento por mí aconsejado y que fue el que devolvió la salud a su pequeña hija.
Y recibidas que sean, a mi costa, las anteriores declaraciones, ruego también al Sr. Juez se sirva disponer que se les adhiera el retrato que de la pequeña acompaño con el fin de identificarla, y que me sean devueltas originales dichas diligencias.

Cali. Diciembre 11 de 1943
Conrado Narváez Zuluaga (acompaña firma)
Recibido en su fecha, va en la misma al despacho del señor Juez,
El secretario
Buenaventura Dueñas Tello (acompaña firma)

JUSGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO.
Cali, diciembre once de mil novecientos cuarenta y tres.
A costa del peticionario, recíbase la declaración solicitada en el anterior memorial, y entréguesele original al memorialista.- Dáse por renunciada la notificación de este auto.
Cúmplase (acompaña firma del Juez y del secretario)
LA SEÑORA JOSEFINA ALVAREZ. Compareció al despacho del juzgado segundo Civil del Circuito de Cali hoy once de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres, con el fin de rendir la declaración que de ella solicita el doctor Conrado Narváez Zuluaga en el anterior
Escrito. En tal virtud, el Señor Juez le recibió juramento en la forma legal, bajo cuya gravedad prometió decir verdad, toda la verdad y nada más que la verdad en todo lo que supiere y fuere
preguntada y enterada del interrogatorio respectivo, contestó al
punto 1-) “ Mi nombre y apellido es como quedan escritos, mayor de edad, vecina de esta ciudad de Cali y sin parentesco de ninguna clase con quien me interroga” Leída la aprobó.
Al punto 2-) CONTESTO: “Es muy cierto y me consta personalmente, que mi hijita de 18 meses de edad, de nombre MARTA ALVAREZ y cuya fotografía tengo a la vista, venia padeciendo hace algún tiempo, de una gravísima y rebelde enfermedad, que la había situado al borde del sepulcro, enfermedad contra la cual habían sido inútiles todos los tratamientos y prescripciones de varios médicos. " Leída la aprobó.
Al Punto 3-) CONTESTO: " El nombre de los médicos a quienes yo solicité sus servicios profesionales en favor de mi pequeña Marta, fueron
los doctores Primitivo Iglesias y Carlos Borrero Sinisterra, y en mi poder reposan y puedo exhibir al momento que se me soliciten, las diferentes fórmulas extendidas por dichos facultativos. " Leída la aprobó.
Al punto 4) CONTESTO:" Es muy cierto, en vista de que ninguno de los dos médicos pudo mejorar la salud de mi hijita, acudí presurosa al consultorio médico del doctor Conrado Narváez Zuluaga en busca de sus excelentes servicios. " Leída la aprobó.
Al punto 5)- CONTESTO: " Es muy cierto, desde el primer instante el doctor Narváez Zuluaga comenzó a tratar a mi hijita, y con el tratamiento indicado por ese profesional, la niña comenzó a mejorar, hasta el punto de que hoy se encuentra perfectamente curada. " Leída la aprobó.-
Al punto 6)- CONTESTO: " El tratamiento indicado por el doctor Narváez Zuluaga, duró poco más o menos unos dos meses, y fue como ya lo dije antes, el que le devolvió la salud a mi pequeña Marta. " Leída la aprobó, Y no habiendo más preguntas qué hacerle a la testigo, se dio por terminada la presente declaración que para constancia se firma como aparece, ordenando el señor Juez, se adhiera a la presente declaración el retrato acompañado. Se observaron los artículos 683 y 688 del Código Judicial. – La declarante
exhibió su cédula de identidad postal No. 25.945 de Cali

El Juez 2º Civil del Circuito.
Fidel Moreno Mosquera, (acompaña firma)
A ruego de la: declarante que no sabe firmar, lo hace a su ruego un testigo, Nepomuceno Borrero. (acompaña firma)
El Secretario.
Buenaventura Dueñas Tello. (acompaña firma)

En dos fojas útiles, entrego estas declaraciones al interesado, hoy 13 de diciembre de 1943.
El Secretario. (acompaña firma)
Info: jairo.narvaez@yahoo.es